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02-12-2016

Gracias a todos los asociados que habeis contribuído para que el símbolo de la autogestión pueda ser registrado como marca colectiva, en beneficio de socios y socias de Intangia.

Self Copyright de Intangia- finalizado el registro como marca colectiva.

Número marca colectiva M3618458. Pincha para acceder al reglamento de uso de la marca.

El resto de asociados y también clientes externos y amigos de Intangia podeis contribuir a este proyecto colectivo.

Este proyecto cultural y social ha obtenido el Sello Mecna de Mecenazgo de Gobierno de Navarra.

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18-05-2014
Tenemos ya símbolo de la autogestión
Javier Molina Begué, asociado, ganador del concurso SC-Self Copyright

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Enero-2010
Propiedad intelectual.Informe publicado en Enero 2010

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Formulario acuerdo de presentación de servicios

Acuerdo de prestación de servicios
Los campos marcados con (*) son de cumplimentación obligatoria.
Email de contacto
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Datos de las partes
Parte 1
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Parte 2
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Datos de los mediadores
Mediador 1
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Mediador 2
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Motivos para solicitar la mediación
Las partes se someten a mediación para llegar a un acuerdo en los siguientes puntos en los que mantienen discrepancias:
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Duración, lugar e idioma
La mediación se llevará a cabo en un periodo de tiempo no superior a 60 días hábiles. En el caso de mediación electrónica, deberá realizarse en el plazo máximo de 30 días hábiles, salvo excepciones. Las partes pueden solicitar una duración mayor, que deberá pactarse e indicarse en el acta constitutiva, o a lo largo de las sesiones en un documento escrito en el que se indiquen los motivos que ocasionan la duración mayor a la inicial.
Las sesiones tendrán una duración máxima de 90 minutos. Se celebrarán en el lugar e idioma señalado en el acta constitutiva y salvo causas motivadas, en los días pactados en la agenda de sesiones.
Coste de la mediación
El coste de la mediación se dividirá por igual entre las partes firmantes, salvo pacto en contrario entre las partes. El coste se abonará por sesiones.
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Reglas de la mediación
La mediación se rige por los siguientes principios básicos: el principio de voluntariedad, que se aplicará durante todo el momento del proceso, siendo voluntario su inicio, su realización y su finalización, pudiendo dejar el proceso en cualquier momento. La voluntariedad se da durante todo el procedimiento, hasta alcanzar un acuerdo de mediación y poner fín a dicho procedimiento, o bien por voluntad de las partes se aparten del procedimiento o del acuerdo de mediación sin haber conseguido resolver el conflicto. El mediador también puede dar por terminado el proceso de mediación cuando la mediación no cumpla con su finalidad de acercar posturas, mejorar la comunicación, favorecer los intereses comunes y lograr el consenso entre las partes.
Por el principio de imparcialidad del mediador, por lo que las partes tienen el derecho de informar si existe alguna causa que pudiera afectar a esta imparcialidad, siendo también una obligación del mediador el informar de cualquier causa que cualquier circunstancia que pueda perjudicar dicha imparcialidad en el proceso. El mediador tiene la obligación de actuar con total respecto a ambas partes, así como reflejarse dicha neutralidad en el acuerdo final, ya que debe recoger la voluntad de las partes. La buena fe y la libre disposición son exigibles igualmente en la actuación de las partes y el mediador.
El principio de neutralidad, prohibición de imponer un resultado a las partes. Por ello se desarrolla una conducta activa para lograr el acercamiento entre las partes, pero no propuestas de resolución del conflicto, que sólo las pueden dar las partes. Las partes son las que buscan las soluciones y realizan las propuestas e informan de las discrepancias o problemas, el mediador, como facilitador, ayuda a ambas partes, siendo las partes las últimas responsables de los acuerdos alcanzados. Por ello, en cualquier momento del proceso pueden solicitar el asesoramiento de sus abogados o profesionales sobre el tema de la mediación, pudiendo estos profesionales acudir también a las sesiones de mediación. Sí es indispensable que cada una de las partes acuda a las sesiones de mediación personalmente.
Y principio de confidencialidad, que regula todo el proceso de mediación, toda la información, oral y escrita, se mantendrá como confidencial, el mediador y las partes se comprometen a no utilizar, en perjuicio de la otra parte, la información que se haya recogido o hablado en las sesiones de mediación. Salvo que las partes le den autorización expresa o por un procedimiento penal, lo exija en auto motivado el juez o tribunal, el mediador mantendrá la confidencialidad estricta en todo lo que se hable o en toda la documentación que se recoja en las sesiones de mediación. Dicha confidencialidad se debe mantener también en las sesiones de la mediación por procesos electrónicos, que serán celebradas por videoconferencia y grabadas con autorización expresa de las partes.
Normativa aplicable
Se aplicará en el proceso de mediación la normativa vigente en cada momento, en concreto, Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles y reglamentos desarrolladores.
Datos confirmación
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